Bases Concurso CDF Radio: U. de Chile vs Universidad Católica
Octubre 30, 2009 por CDF · Categoria: Sin categoria
Este fin de semana aprovecha de participar en el Concurso CDF Radio del clásico entre la Universidad de Chile y la Universidad Católica, que se jugará a partir de las 18:30 horas en el estadio Monumental. Al finalizar el programa se sorteará un LCD AOC FULL HD 24 PULGADAS, MODELO: L24H898. No te lo puedes perder… este sábado en vivo por CDF Radio en su señal Básica.
BASES DE CONCURSO
Mensajería de Texto: SMS
“UNIVERSIDAD DE CHILE VS UNIVERSIDAD CATOLICA: CDF RADIO”
TITULO I
“De las Características del Concurso”
Artículo 1°.- CDF, persona jurídica del giro de su denominación, RUT. Nº 6.190.900-1, en adelante, también, CDF representada por Jorge Grebe Verdugo, ambos domiciliados en Roger de Flor 2736, Las Condes, Región Metropolitana desarrollará un concurso a través de la mensajería de texto dentro de la promoción de su programación. La actividad tendrá una vigencia sólo el 31 DE OCTUBRE del 2009 y de acuerdo a las siguientes bases.
Artículo 2°.- CDF, velará por el cumplimiento de las presentes bases y tomará las decisiones necesarias que digan relación con el concurso, las cuales serán inapelables.
TITULO II
“Quiénes pueden participar”
Artículo 3°.- Podrán participar todas aquellas personas naturales que envíen un SMS de cualquier teléfono móvil respondiendo la siguiente pregunta: Cuál de estos entrenadores ha dirigido la U y la Católica? A) Manuel Pellegrini B) Nelson Acosta C) José Basualdo al número 3443.
Cada mensaje enviado aumentará en una opción la posibilidad de ganar el premio que consiste en un LCD AOC de 24’’.
En el programa “CDF RADIO” que transmite CDF, el sábado 31 de octubre del 2009 se comunicará el concurso en el cual se sorteará al final del programa el siguiente premio:
Un LCD AOC FULL HD 24 PULGADAS, MODELO: L24H898
Artículo 4°.- No podrán participar en el sorteo de los premios los empleados, agentes, dependientes, estudiantes en práctica o colaboradores permanentes de “CDF”, de la empresa 3GMotion (integrador del concurso), como tampoco sus cónyuges y parientes hasta el tercer grado de parentesco por consanguinidad.
Tampoco podrán participar los empleados de las compañías Móviles, Movistar, ENTEL PCS y Claro.
TITULO III
“De la Participación y el concurso”
Artículo 5°.- El concurso tendrá vigencia sólo el sábado 31 de octubre del 2009. Lo anterior es sin perjuicio que los organizadores decidan extender el plazo de vigencia del Concurso, si las circunstancias así lo ameritan, para lo cual informarán oportuna y adecuadamente a los telespectadores. Con todo, CDF, por razones de fuerza mayor, se reserva el derecho de cancelar anticipadamente el Concurso, informando al efecto a los telespectadores, lo cual no generará responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo a favor de terceros por parte de CDF ni las operadoras de telefonía móvil.
El Concurso se realizará y, en consecuencia, será válido, en todo Chile.
Cada mensaje de texto quedará registrado computacionalmente, con el número telefónico del televidente.
Artículo 6°.- Una vez realizado el sorteo, se llamará desde las oficinas de
3GMOTION ubicadas en Av. Nva Los Leones 07, piso 9., Providencia, al número ganador con el fin de contactarse con la persona que resultó ganadora. De no lograr la comunicación con uno o más de los números sorteados, ya sea por encontrarse ocupado, fuera de servicio, con contestador, no ser contestado u otra circunstancia, tiempo que será estimado únicamente por CDF, se procederá, si éste así lo dispone, a llamar a otro número, realizándose la misma operación antes descrita. Dicha operación se podrá repetir cuantas veces lo determine CDF.
Artículo 7°.- Una vez que sea sorteado el número de la persona ganadora, se le llamará a su celular, esta llamada se realizará vía telefónica en horario de oficina, desde las 9:00 a las 18:00 hrs. En caso de que un número telefónico sorteado como ganador no conteste la llamada, se encuentre fuera del área de cobertura de la red celular, o tenga su terminal apagado, se harán 5 intentos por contactarlo, luego de los cuales, si no es posible contactarlo para su notificación, se procederá al sorteo de otro número telefónico.
Para hacer efectiva la entrega del premio, el ganador, deberá acreditar su calidad de participante ganador, y el cumplimiento de lo estipulado en el Título IV de estas bases. Una vez efectuado lo anterior, el respectivo ganador será informado telefónicamente por 3GMotion respecto del día y la hora en que deberá retirar su premio.
Artículo 8°.- Sólo participarán en el concurso los mensajes de texto de celulares efectuados durante la vigencia del concurso.
Artículo 9°.- CDF no se hace responsable por pérdidas de información, interrupciones, incapacidades o fallas en las transmisiones de las líneas telefónicas o fallas técnicas, sean ellas provenientes de un error de tipo humano, mecánico, electrónico o cualquier otro.
Artículo 10°.- El valor de cada uno de los mensajes de texto de los celulares será de $290.- (doscientos noventa pesos), IVA incluido.
TITULO IV
“De los premios”
Artículo 11°.- El premio consiste:
Un LCD AOC FULL HD 24 PULGADAS, MODELO: L24H898 (Un solo ganador)
El sorteo se realizará el sábado 31 de octubre del 2009 al finalizar el programa.
Artículo 12°.- Será requisito indispensable para que CDF haga entrega del premio a la persona que resulte ganadora del mismo, que ésta acredite por medio de la cuenta del teléfono celular y de su cédula de identidad, ser usuario del número sorteado, y documentar que no existe deuda pendiente alguna con la empresa telefónica correspondiente a la fecha de la entrega del premio. En el caso de celulares que funcionen con tarjeta prepago, bastará con llevar el teléfono celular respectivo.
En caso de no acreditarse lo anterior, CDF estará facultado para retener la entrega del premio mientras no se dé cumplimiento a lo establecido.
Artículo 13°.- La entrega del premio será efectuada única y exclusivamente a la persona que haya ganado el premio y esté ingresada a la base de datos, o a la persona que este ganador designe como representante para ello, mediante un poder escrito autorizado ante Notario. En caso de que el ganador sea un menor de edad, el premio se le entregará a su representante legal, debidamente acreditado.
Si la persona tiene un celular de empresa, el premio se le entregará a la entidad dueña de la línea. En consecuencia, en de producirse esta situación, el premio será entregado a la Empresa. Los ganadores residentes en Santiago deberán cobrar su premio en las oficinas de 3GMotion, en calle Av. Nva Los Leones 07, piso 9., Providencia, presentando su cédula de identidad.
Respecto de los ganadores de regiones, 3GMotion se contactará con ellos para realizar la entrega del premio en Santiago, en las oficinas de 3GMotion. El costo de traslados correrá por cuenta del ganador. El ganador además deberá enviar vía fax una copia de su cédula de identidad por ambos lados que acredite que es el ganador.
Si la persona tiene un celular de empresa, el premio se le entregará al representante legal de la entidad dueña de la línea telefónica.
Con todo, si transcurrido el plazo de 15 días corridos desde la notificación al respectivo ganador del concurso, no se hubiese presentado en el lugar de canje designado para cobrar su premio, se entenderá que renuncia a éste sin derecho a reclamo alguno.
CDF, tiene hasta 90 días para hacer la entrega material del premio al ganador, a partir del Sábado 31 de Octubre del 2009, día en que se hará el sorteo. La no concurrencia del ganador a las oficinas de 3Gmotion o en el lugar designado para el envío del premio a través de alguna empresa de envíos, dentro del plazo antes indicado, se entenderá como renuncia al premio, sin derecho a reclamo alguno.
TITULO V
“Responsabilidad de los televidentes”
Artículo 14°.- Por el sólo hecho de participar en el concurso, se entenderá que los televidentes y usuarios de telefonía celular que salgan favorecidos por algún premio o no, han autorizado expresa e irrevocablemente a CDF para usar con fines publicitarios su nombre, seudónimo, fotografías y cualquier reproducción o impreso suyo que sea necesario o útil para efectos promocionales, sin tener derecho a percibir pago alguno por dicho concepto.
Artículo 15°.- Por el sólo hecho de participar, se presumirá que los televidentes, aceptan estas bases, no pudiendo aducir desconocimiento de las mismas. Por lo tanto, la aplicación de ellas no dará derecho a reclamo alguno en contra de las operadoras de telefonía móvil, CDF, el integrador del concurso, ni de sus ejecutivos, trabajadores, personeros o de sus auspiciadores, especialmente en el caso en que se proceda a eliminar o reemplazar un llamado telefónico o mensaje de texto de celular de algún televidente, o se niegue el paso o entrega de cualquier premio, por estimarse que al respecto no se cumplen las reglas establecidas anteriormente.
TITULO VI
“Exención responsabilidad de los operadores móviles”
Artículo 16°.- Las compañías operadoras de telefonía móvil a través de las cuales deberán cursarse los mensajes del concurso, estarán exentas de cualquier responsabilidad directa o indirecta respecto del contenido, término, condiciones de estas bases, así como de la ejecución del concurso y entrega de los premios.
Además, CDF declara que ha obtenido y cuenta con las autorizaciones y derechos relativos a realización del presente concurso. Por lo tanto, los operadores de telefonía móvil no deberán pagar suma alguna por motivo de la realización o ejecución de estos mensajes y además no tendrán responsabilidad alguna, que se relacione directa o indirectamente con estos derechos, autorizaciones y/o reclamos, denuncias, infracciones o requerimientos de terceros.
NORMAS GENERALES
Artículo 17°.- CDF se reserva el derecho de iniciar acciones legales que estime procedentes en el caso de detectar alguna irregularidad con relación al desenvolvimiento del concurso regulado por estas bases.
Artículo 18°.- CDF se reserva el derecho de interpretar soberanamente las presentes bases, circunstancia que los concursantes aceptan por el sólo hecho de participar en el respectivo concurso.
Artículo 19°.- CDF se reserva el derecho de modificar las presentes Bases, previa comunicación al público.
Artículo 20°.- CDF informa que el (los) premio(s) que se obtenga(n) en este concurso, constituye(n) renta (s) afecta a impuestos, de cargo exclusivo del (los) (las) beneficiario (os) (as) que lo obtenga (n). CDF no asume ninguna responsabilidad en esta materia al no estar obligado a efectuar retención alguna por este concepto.
Artículo Final: En el desenvolvimiento y realización de los sorteos, así como la participación de los concursantes, regirán las presentes bases.
CDF



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